En el marco del Plan de reactivación económica: Chile Apoya, anunciado por el Gobierno del Presidente Gabriel Boric, el Ministerio de Minería y la Empresa Nacional de Minería (ENAMI) ejecutarán una línea de crédito blando extraordinaria que permitirá a los pequeños productores acceder a financiamiento para reactivar sus operaciones de minería metálica y no metálica.
Las personas podrán acceder a un crédito blando por un monto mínimo de $15 millones y un máximo de $25 millones a una tasa de interés de 3%, sin comisión, por un plazo máximo de 24 meses, considerando tres meses de gracia.
Además, podrán tener asistencia técnica especial para cada productor o productora beneficiada que le permita llevar adelante su plan de inversiones.
La postulación a este crédito debe ir acompañada de un proyecto de reactivación para las faenas con el cual puede financiar:
Los pequeños mineros y mineras podrán postular a este beneficio desde las 00:00 horas del 11 de junio hasta las 24:00 horas del 05 de julio a través de este link, en donde encontrará las bases y el formulario para acceder al crédito.
En caso de requerir asistencia para la postulación, deberá acercarse a las Secretarías Regionales Ministeriales de su región, las oficinas Coordinadoras de Políticas Mineras, y/o los recintos de ENAMI.
Todo productor o productora de la pequeña minería metálica o no metálica que cumpla los siguientes requisitos:
1. Acreditar al menos 3 meses de venta (ventas continuas o discontinuas, durante los últimos 24 meses inmediatamente anteriores a la fecha de la postulación)
2. Presentar un proyecto y negocio minero sea viable en el tiempo y cumpla con la normativa vigente para la entrega de este crédito.
3. Plan de explotación de la faena minera, vigente y aprobado por Sernageomin, con una vida útil que comprenda todos los meses del crédito solicitado. En los casos que el postulante presente un plan con una vigencia menor al compromiso de pago del crédito que asume, deberá adjuntar un documento que acredite que ha presentado la respectiva solicitud de renovación ante el Sernageomin por un plazo que al menos cubra todos los meses del crédito.
4. Que el beneficiario o beneficiaria tenga (al menos una de las siguientes exigencias):
5. El endeudamiento del Crédito de reactivación no genere pagos mensuales superiores al 30% de las ventas mensuales.
6. Acreditar domicilio por cualquier medio idóneo.
7. Poseer Propiedad minera constituida y/o arrendatario de propiedad minera constituida y contar con los permisos municipales cuando corresponda.